Las enmiendas son un complemento jurídico para definir los derechos y deberes enmarcados en la recién aprobada Ley de Fondos de Inversión.

Con 69 votos de todos los partidos políticos, la Asamblea Legislativa aprobó, ayer, reformar 12 artículos de la Ley del Mercado de Valores, esto, con la finalidad de regular el marco jurídico que permita una mejor aplicación de la recién aprobada Ley de Fondos de Inversión.

“La ley permite que los salvadoreños podamos invertir en grandes proyectos y atraer inversión extranjera. Esta ley es la que permite que el mercado de valores pueda usar la nueva herramienta, que son los Fondos de Inversión”, aseveró el diputado de ARENA, Edwin Zamora.

Anteriormente, el legislador Antonio Echeverría, del FMLN, había explicado que con estas reformas se logra garantizar que los inversionistas tengan claridad del riesgo que corren sus inversiones y a su vez, garantizar que estas se administren de forma transparente y evitar que ocurran casos de “estafa” financiera.

“Como Comisión (Financiera) podemos decir misión cumplida y agradezco a mis compañeros de Comisión por su trabajo”, subrayó el diputado Douglas Avilés, de CD.

Para el caso, el pleno aprobó reformar el artículo 3 de la Ley de la Bolsa de Valores de la siguiente manera: “Todo valor que sea objeto de oferta pública, así como los emisores de los mismos, deberán asentarse en el Registro Público Bursátil, que para tal efecto llevará la Superintendencia, e inscribirse, posteriormente, en una Bolsa de Valores. En Registro en la Superintendencia tendrá carácter definitivo”.

De lo anterior, se exceptúan el Estado y el Banco Central de Reserva (BCR), según reza el decreto avalado ayer, sin embargo, esto no abarca a las oficinas autónomas del Estado descentralizadas.

“En el caso que el Estado o el Banco Central de Reserva de El Salvador deseen negociar sus valores en una Bolsa, solamente presentarán a la Bolsa respectiva la certificación del acuerdo que autoriza la emisión, o el respectivo Decreto Legislativo quien deberá informarlo a la Superintendencia (del Sistema Financiero)”, se lee en la enmienda al artículo 3 de la ley.

Entre los argumentos que se mencionan en el decreto para aprobar las modificaciones, es con la ley de Fondos de Inversión que se permite el acceso al pequeño y mediano inversionista, por lo que era necesario adecuar la ley que regula el mercado bursátil a las nuevas disposiciones.

Los cambios favorecerán a la nueva figura del intermediario bursátil extranjero, creada en la Ley de Fondos de Inversión, se verán fortalecidos con la mediación de Casas de Corredores Extranjeras invirtiendo en cuotas de participación de Fondos en el país.

Fuente: El Diario de Hoy
Viernes 5 de Septiembre de 2014
Por: Eugenia Velásquez